La Propiedad Industrial e Intelectual (PII), y a las patentes, son algunos de los temas que se reforzaron en el marco de la negociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, ahora conocido como Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá (USMCA, por sus siglas en inglés; T-MEC, en español).
Tras 24 años de vigencia del TLCAN y después de poco más de tres meses de negociación, y la firma que oficialice el Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá (USMCA, por sus siglas en inglés; T-MEC, en español) aun en duda por parte del gobierno de los Estados Unidos, este tratado ha sido objeto de análisis y cuestionamiento de expertos en diversas disciplinas.
De acuerdo con Eder Gutiérrez y Jocelyn Flores, consultores de Clarke Modet & Cº México, empresa especializada en PII, México ha adoptado diversas medidas que, inicialmente, permiten la implementación de la mayoría de las disposiciones contenidas en el USMCA, a efecto de encaminar a México a un mejor desarrollo jurídico-económico ante el dinamismo de la Propiedad Intelectual e Industrial actualmente presenta.
“Un claro ejemplo ha sido la reciente reforma a la Ley mexicana de Propiedad Industrial, que incorpora nuevas figuras de protección y amplia los derechos de PII que ofrecía dicha normatividad. En conjunto, todas estas disposiciones, tanto nacionales como internacionales, vienen a robustecer el sistema normativo de la Propiedad Industrial e Intelectual en México”, asevera Flores.
No obstante, la falta de disposiciones reglamentarias y modificaciones a las demás Leyes involucradas, podrían llegar a impedir el correcto despeño de estas nuevas medidas, en tanto sigan ausentes u obsoletas en nuestro sistema.
Por su parte, Gutiérrez comenta que “se necesitará realizar modificaciones en la Ley de la Propiedad Industrial, en la Ley Federal de Derecho de Autor, la Ley Federal de Variedades Vegetales, e incluso en materia penal porque los mecanismos para adaptarse al cambio existen, sin embargo, debe reconocerse que será un reto para los legisladores y las autoridades materializar y ejecutar los nuevos estándares de protección de PI, de forma que se maximicen los beneficios y se minimicen los riesgos para todas las partes involucradas”.
Ambos especialistas consideran que las medidas adoptadas en el T-MEC tienen como finalidad promover e incentivar el desarrollo de innovación tecnológica, la transferencia y diseminación de tecnología, así como la protección de derechos de PI vía patentes, para fortalecer el desarrollo y participación de las MiPyMEs mexicanas.
No obstante, “es importante mencionar que un sistema de propiedad intelectual robusto, por sí solo, no es capaz de promover la innovación y el patentamiento. Se necesita además de una política pública integral que no sólo fomente la inversión y transferencia tecnológica del extranjero hacia el país, sino que también impulse a los centros de investigación y empresas nacionales para que apuesten por la creación de tecnología” finalizó Flores.
Ante el reto que significan estas nuevas reglas y disposiciones de procedimiento internacionales, junto a las modificaciones que se adopten de manera interna en México, los innovadores y creativos mexicanos deberán buscar los diferentes mecanismos existentes para la protección y el ejercicio de sus derechos de propiedad intelectual.
Además, por su papel fundamental en la economía del país, las PyMES (Pequeñas y Medianas Empresas) deberán aprovechar al máximo los beneficios contenidos en el acuerdo internacional, a efecto de adaptarse a la dinámica comercial que enfrenta con la globalización.