Pide México panel binacional para impugnar cuota antidumping

La Secretaría de Economía solicitó la revisión ante un Panel Binacional para impugnar una cuota antidumping a las importaciones estadounidenses de la barra de acero para refuerzo de hormigón procedente de México en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

La publicación en el Diario Oficial de la Federación se refiere a la Resolución Final del Departamento de Comercio de los Estados Unidos sobre la imposición de esos derechos antidumping, siendo la primera ante un panel binacional que presenta ante el Secretariado responsable Sección Estadounidense del Secretariado del T-MEC, el 6 de julio de 2023, por Grupo Acerero S.A. de C.V., relativa al caso en cuestión.

En la investigación, el Departamento de Comercio determinó márgenes de dumping de entre 2.3 y 16.28 por ciento por parte de las empresas Deacero, Grupo Acerero, ArcelorMittal México, Grupo Simec y Sidertul.

De acuerdo con el T-MEC, una parte o una persona interesada podrán impugnar la resolución definitiva en parte o en su totalidad, mediante la presentación de una Reclamación en los términos de la Regla 44 dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la primera Solicitud de Revisión ante un Panel.

Asimismo, una Parte, una autoridad investigadora u otra persona interesada que no presenten una Reclamación pero que pretendan participar en la revisión ante el panel, deberán presentar un Aviso de Comparecencia de conformidad con la Regla 45 dentro de los 45 días siguientes a la presentación de la primera Solicitud de Revisión ante un Panel.

Por último, la revisión ante un panel se limita a los alegatos de error de hecho o derecho, incluyendo la declinatoria de competencia de la autoridad investigadora, comprendidos en las Reclamaciones presentadas ante el panel y a los medios de defensa tanto adjetivos como sustantivos invocados en la revisión ante el panel.

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